PERSONA. “En el ámbito del derecho, una persona es todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones”. Es por ello que hablamos de personas físicas (seres humanos) y personas morales (entidades como sociedades, Estado, organizaciones sociales).
PERSONA FÍSICA. Las personas físicas o naturales corresponden a un concepto jurídico que fue elaborado por los juristas romanos. En la actualidad, las personas físicas cuentan, por el solo hecho de existir, con atributos dados por el Derecho.
PERSONA MORAL. Son aquellos entes que para la realización de ciertos fines colectivos, las normas jurídicas les reconocen capacidad para ser titulares de derechos y contraer obligaciones.
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