Articulo 27. Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes del servicio de administración tributaria y su certificado de firma electrónica avanzada, así como proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y en general sobre su situación fiscal, mediante los avisos que se establecen en el reglamento del Código Fiscal de la Federación. CFF
Qué documentos se obtienen?
1. Fotocopia de la solicitud
2. Cédula de Identificación Fiscal o
3. Constancia de Registro
4. Guía de Obligaciones
5. Acuse de Inscripción al RFCEn caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del mes siguiente al día en que realicen las situaciones jurídicaso de hecho que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, de pago o informativas por si mismas o por cuenta de terceros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario